Todas las empresas o profesionales que tratan datos de carácter personal, están obligados a cumplir con la normativa establecida en la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) y Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSICE).
Los bloggeros (aunque no tengan ánimo de lucro con su blog) también deben cumplir con la normativa y desempeñar las posibles obligaciones para evitar denuncias de usuarios por hacer un mal uso de los datos de carácter personal.
¿Qué es un dato de carácter personal?
“Cualquier información numérica, gráfica, fotográfica, acústica o de cualquier otro tipo concerniente a personas físicas identificadas o identificables”. (Art. 3 LOPD)
Si el blog dispone de un servicio de suscripción (email o nombre), o si permite comentarios de los lectores en los artículos publicados, hay que cumplir con la normativa LOPD.
Obligaciones de un blog
Al recoger datos de carácter personal adquirimos las siguientes obligaciones:
- Registrar el fichero en la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
- Informar al usuario de que recogemos sus datos.
- Cuál es la finalidad de la recogida de datos.
- Informar de los ejercicios de derecho.
- Solicitar su consentimiento expreso.
- Implementar las medidas de seguridad oportunas para proteger los datos.
- Redactar y mantener el Documento de Seguridad. Aquí os dejamos el modelo de la Agencia Española: Modelo Documento de Seguridad