Desde Rapinformes continuamos con la serie de vídeos en los que explicamos diversos aspectos de la Ley Orgánica de Protección de Datos #LOPD, del #Compliance Penal y algunas preguntas frecuentes en relación a él y a otros aspectos como la Prevención del Blanqueo de Capitales y Prevención del Terrorismo #PBC.
Imagina que han subido una imagen tuya a la web. ¿Qué puedes hacer? ¿Qué derechos te asisten?
Seguiremos informando con más vídeos próximamente.
Buenos días:
la pregunta es : ¿ Me puede cobrar una entidad bancaria por solicitar, la póliza , movimientos y cancelación de un producto que firmamos en el 2008 ?
¿Se podrían interpretar esta petición dentro de la ley de protección de datos ?
Hola Jose,
La respuesta rápida es que no se podría interpretar que esa información estuviera dentro del ámbito de la LOPD.
En lo que se puede aplicar a la LOPD, podemos preguntar a una Entidad Financiera qué datos posee de nosotros como persona física, es decir, cuentas bancarias, riesgo, préstamos, dirección, etc y ellos tendrán que ofrecernos la relación de datos que poseen acerca de nosotros.
Los movimientos financieros de cada uno de los productos, la cancelación y la póliza, en principio, creemos que no se tendría por qué cobrar, salvo que tengan publicado en el contrato que firmaste de cada producto o en las condiciones generales de la entidad, que la solicitud de movimientos o cancelación posee algún gasto adicional, no obstante esto sería jurídico y no aplica a Protección de Datos, que es en lo que somos expertos.
Un saludo!