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CARTEL ZONA VIDEOVIGILADA

Descarga de forma gratuita y Online un Cartel de Zona Videovigilada con los datos de tu empresa listo para imprimir

Consideraciones Previas

La videovigilancia es uno de los ámbitos de la protección de datos que plantea más interrogantes y plantea graves riesgos para la privacidad y sanciones por incumplimiento de la normativa.

Hay muchos otros aspectos a tener en cuenta a la hora de colocar cámaras en el ámbito laboral y hay que tenerlos en cuenta para no incurrir en ilegalidades que pueden acarrear fuertes sanciones.

CUMPLIR CON LA LOPDGDD EN RELACIÓN A LA VIDEOVIGILANCIA NO CONSISTE SOLO EN COLGAR UN CARTEL DE ZONA VIDEOVIGILADA

Aún así, más abajo te dejamos un formulario para que puedas descargarte de forma totalmente gratuita un cartel de ZONA VIDEOVIGILADA con tus datos para que puedas imprimirlo y colocarlo donde lo necesites.

Si tienes dudas, ponte en contacto con nosotros y te asesoramos para que no tengas ningún problema en este aspecto ni en ningún otro que tenga que ver con la LOPDGDD.

Todos somos conscientes de la existencia de la videovigilancia cuando entramos en un banco, un hotel, una farmacia, espacios públicos como parques o plazas, y en nuestro lugar de trabajo.

En 2023 se utilizaran más de mil millones de cámaras de vídeovigilancia en todo el mundo, frente a los 770 millones actuales, y esta cifra va en aumento.

¿Cuáles son las mejores prácticas para garantizar que los dispositivos instalados respeten el marco legal y los derechos de las personas filmadas? Aquí discutimos qué es una zona de videovigilancia, cómo se regula en el RGPD y la LOPDGDD, y el cartel informativo de zona de videovigilancia obligatorio en todos los casos.

La AEPD no impone ningún criterio en cuanto al tamaño del rótulo informativo; para garantizar que el interesado esté debidamente informado, el rótulo debe ser lo suficientemente grande como para que pueda leerse sin dificultad desde un lugar en el que el interesado aún no se haya registrado y debe estar en consonancia con el espacio donde se colocarán las cámaras.

¿Cumplo con la ley sólo con la colocación del cartel?

La instalación del cartel satisface la obligación de informar con carácter previo a cualquier recogida de datos personales por parte de la entidad, sin que pueda deducirse el cumplimiento de otros requisitos y medidas de seguridad que deben realizarse, como la inscripción en el registro de actividades de tratamiento, el establecimiento de su base de legitimación, la realización de un análisis de riesgos o la realización de un estudio de impacto en los casos en que se realice una observación sistemática a gran escala de una zona de acceso público.

Cartel Zona Videovigilada Homologado

Como tal, no existe una homologación respecto a los carteles de Videovigilancia que la AEPD obliga a utilizar, si bien, si hay unas normas concretas que se deben cumplir.

Nosotros ponemos a tu disposición un cartel que cumple con la normativa para que puedas rellenarlo online con tus datos y descargártelo para guardar o imprimir. Aquí lo tienes:

¿Tiene que tener el cartel un tamaño mínimo?

No. La AEPD ha determinado que no hay un tamaño mínimo, pero que el cartel de videovigilancia debe estar en consonancia con el espacio en el que se ubica, siendo diferente el de un autobús al de la entrada de un edificio, por ejemplo.

¿Qué información debe contener la señal de área de CCTV?

* CCTV significa Circuito Cerrado de Televisión.

La señal de zona videovigilada suele ser amarilla y con el texto negro, para que destaque bien. En ella, además del icono claro de la cámara, debe contener la siguiente información:

  • Información del responsable del tratamiento. Nombre, dirección, e información de contacto.
  • Finalidad de la grabación de las imágenes.
  • Periodo de conservación de las imágenes.
  • Destinatarios de las imágenes en su caso.
  • Posibilidad de ejercer los derechos, generalmente los reconocidos en los artículos 15 a 22 del RGPD, que son: acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación del tratamiento.
  • Canal para ejercer los derechos. Correo ordinario, correo certificado, correo electrónico, en persona…
  • Posibilidad de obtener más información o información más detallada.

Se debe disponer y poder poner a disposición del interesado otra información si lo solicita, ya que es probable que el cartel informativo sea demasiado pequeño para abarcar toda la información exigida por el Reglamento de Protección de Datos.

¿Dónde debe colocarse la señal amarilla de la zona de CCTV?

El cartel de Zona Videovigilada no es necesario que se encuentre junto a las cámaras. El requisito principal es que se coloque en un lugar muy visible y antes de que se tomen las imágenes, para que cualquier persona que entre en el local o la zona de influencia de las cámaras sea consciente de la existencia de la videovigilancia. Si hay varias entradas, el cartel debe colocarse en cada una de ellas.

¿Cuál es la finalidad de la señal de área de CCTV? ¿Para qué sirve?

Además de su función informativa, la señal de zona de CCTV también tiene una función disuasoria, ya que los intrusos eligen los edificios y espacios en los que pueden entrar con poco o ningún riesgo, y un lugar con sistema de alarma no es uno de ellos.

¿Qué es un área de CCTV?

Es una zona (interior o exterior) vigilada por cámaras de vigilancia. Además de éstas, la instalación suele incluir monitores o unidades de visualización y grabadores. Las cámaras pueden ser analógicas o digitales y tienen diferentes características técnicas y de diseño. Pueden ser visibles y colocarse a la vista para disuadir la intrusión, o pueden ser más discretas y colocarse en lugares más ocultos para evitar, por ejemplo, la manipulación o la sensación de las personas de estar en constante vigilancia.

Sin embargo, es esencial tener en cuenta que hay leyes que regulan la ubicación de las cámaras de seguridad en el lugar de trabajo y fuera de este ámbito. Por poner un ejemplo, una cámara de videovigilancia en el entorno laboral no puede enfocar hacia la puerta de los aseos, no cumplirlo puede acarrear elevadas sanciones.

La grabación también puede programarse de forma flexible, pasando de grabar sólo en respuesta a una alarma, un movimiento a hacerlo de forma continua. También hay varias opciones para ver las imágenes: por guardias de seguridad en directo, a distancia por expertos profesionales o para su posterior visualización en caso necesario habiéndolas grabado en un grabador o en un disco duro.

Sólo el personal autorizado tiene acceso a ver y/o grabar las imágenes.

¿Cuál es la normativa de las zonas de videovigilancia?

Las normativas para las áreas de videovigilancia son el RGPD (Reglamento General de Protección de Datos, a nivel europeo) y la LOPDGDD (Ley Orgánica de Protección de Datos, a nivel nacional), ambas con el objetivo de regular el tratamiento de los datos personales para que cada persona pueda tener un mejor control sobre el uso de los datos que debe proporcionar a empresas, asociaciones, autónomos e incluso administraciones.

Para que la videovigilancia sea legal, debe basarse en una de las 6 bases reconocidas para el tratamiento de datos personales:

  • Consentimiento
  • Contrato
  • Obligación legal
  • Protección de intereses vitales
  • Deber público
  • Intereses legítimos

¿Cuáles son las leyes que regulan las áreas de CCTV? GDPR y LOPDGDD

La normativa que regula las áreas de videovigilancia son la RGPD y la LOPDGDD. Todos aquellos que utilicen sistemas de videovigilancia en la Unión Europea, incluidos los sistemas públicos de videovigilancia, deben prestar atención a las disposiciones del RGPD sobre identificación, gestión y mitigación de riesgos. Aunque el RGPD no se refiere específicamente a las aplicaciones de videovigilancia, se aplican los principios generales de protección de datos.

Las agencias de protección de datos clasifican la videovigilancia que implica la vigilancia a gran escala de zonas públicas como «tratamiento de alto riesgo«. En consecuencia, los responsables del control de los datos que realicen la videovigilancia en la UE tendrán obligaciones específicas, como la evaluación de riesgos, la garantía de la privacidad desde el diseño y la colocación de una señalización adecuada.

Para que la videovigilancia sea legítima, debe basarse en uno de los seis fundamentos jurídicos del tratamiento de datos personales (consentimiento, contrato, obligación legal, protección de intereses vitales, función pública o interés legítimo).

El interés legítimo debe existir y ser una cuestión actual. Los fines legítimos de la videovigilancia suelen ser la protección de bienes o la conservación de pruebas.

El RGPD y la LOPDGDD imponen las siguientes obligaciones a los responsables del tratamiento de datos mediante cámaras de videovigilancia:

  • Realizar una evaluación de impacto sobre la protección de datos. Esto será necesario si la vigilancia implica un alto riesgo o si la zona vigilada es un área pública.
  • Notificación de la videovigilancia: debe cumplir con el principio de transparencia y proporcionar información sobre la videovigilancia.
  • Facilitar el ejercicio de los derechos de los interesados: los interesados tienen derecho a obtener respuestas a las siguientes preguntas del responsable del tratamiento:
    • Cuál es la finalidad del tratamiento.
    • Qué categorías de datos personales se están tratando
    • A quién se han comunicado o se comunicarán los datos personales
    • Cuánto tiempo se conservarán los datos.
    • Finalidad y alcance de la supervisión.
    • Requisitos de transparencia e información
    • Periodo de conservación de los datos de las grabaciones de vídeo.
    • Quién tiene acceso a las grabaciones de vídeo y con qué fines
    • Procedimientos de gestión y recuperación de incidentes.
    • Seguridad física de todos los componentes del sistema, encriptación de datos, uso de cortafuegos, antivirus o sistemas de detección de intrusos, control de acceso, etc.

¿Quién puede instalar cámaras de vigilancia?

La instalación de una cámara de vigilancia es una cuestión muy delicada. La clave para determinar cuándo puede instalarse y cuándo es inadecuada es la «proporcionalidad». Veamos la diferencia entre las cámaras de CCTV en espacios públicos y privados.

Espacios públicos

En la vía pública, sólo las fuerzas de seguridad del estado (policía nacional, guardia civil o policía local) pueden instalar uno de estos dispositivos.

Las instituciones públicas, como los ayuntamientos, también pueden instalarlas en algunos casos, pero sólo para regular el «tráfico» en situaciones muy concretas.

Propiedad privada

Un negocio privado, como una tienda, una farmacia o un banco, puede instalar cámaras de vídeovigilancia en sus instalaciones. Pero para ello deben cumplir dos condiciones:

  1. La primera es que deben colocar carteles que indiquen que el local está vigilado por cámaras (lo que significa que si los carteles son visibles y el cliente entra en el local, consiente la grabación).
  2. El segundo requisito es que deben poner toda la información sobre estas grabaciones a disposición del usuario que lo solicite.

En los hospitales, el uso de cámaras de vídeo está muy extendido. Se colocan en los pasillos, en las puertas de acceso, en las zonas exteriores o en las áreas donde hay mucha interacción. Su finalidad es disuadir de posibles actos de violencia o robo y proporcionar información en caso de que se produzcan. Están expresamente prohibidos en las zonas de trabajo de la sanidad, como las consultas médicas, los quirófanos, los laboratorios o las salas de biopsias.

¿Cuánto tiempo se pueden conservar las imágenes?

Las imágenes se conservarán durante un máximo de un mes a partir del momento de su adquisición, tras lo cual deberán ser eliminadas. No existe un periodo mínimo de conservación, que dependerá de los recursos utilizados y de los objetivos perseguidos por la entidad que haya instalado el sistema de grabación.

En el caso de la grabación de una circunstancia que pueda ser constitutiva de un delito o infracción administrativa que deba ser puesta en conocimiento de una autoridad, dichas imágenes deberán ser conservadas durante un periodo superior a un mes, con el único fin de ponerlas a disposición de dicha autoridad, no pudiendo ser borradas, ni utilizadas para ningún otro fin.

En caso de solicitud de imágenes por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Juzgados y/o Tribunales, dicha solicitud deberá realizarse en el marco de las actuaciones judiciales o policiales y previo documento de solicitud a la entidad encargada de soportar esta comunicación de datos.

¿Qué ocurre con las cámaras simuladas?

Si las cámaras de vídeovigilancia son simuladas o falsas, es decir, no captan ni registran datos y no se tratan datos personales, no habrá obligación de cumplir el Reglamento de Protección de Datos, pero si son cámaras reales que pueden apagarse o encenderse sin esfuerzo indebido, o si, aunque no graben, muestran imágenes en tiempo real, tendrán que cumplirlo como si grabasen.

¿Se pueden instalar cámaras para vigilar a la empresa?

El Estatuto de los Trabajadores autoriza al empresario a adoptar las medidas que considere oportunas para verificar el cumplimiento de las obligaciones y deberes profesionales de los trabajadores, que deben tener en cuenta la dignidad humana y la capacidad real de los trabajadores con discapacidad.

Descarga tu Cartel de Videovigilancia Personalizado

En lugar de un Ejemplo de Cartel de Zonavideovigilada, te dejamos una plantilla del cartel actualizado a 2023 para cumplir con la AEPD y con el GDPR.

Generar Cartel Zona Videovigilada Online para Descargar

Vista Previa del Cartel Zona Videovigilada para descargar

* Es posible que en el móvil la imagen no sea exactamente como se verá en el pdf resultante, esto es debido al ancho de estos dispositivos.

ZONA VIDEOVIGILADA

Protección de Datos

Reglamento (UE) 2016/679 del 27 de abril (GDPR), y Ley Orgánica 3/2018 del 5 de diciembre (LOPDGDD)
Responsable: NOMBRE DE LA EMPRESA
Finalidad: Garantizar la seguridad de personas, bienes e instalaciones.
Legitimación: Interés público.
Conservación: Un máximo de 30 días.
Destinatarios: Fuerzas y cuerpos de seguridad
Derechos: Acceso, rectificación, portabilidad y supresión de datos, Limitación y oposición al tratamiento
Ejercicio derechos: DIRECCIÓN – EMAIL – TELÉFONO
Reclamación: Ante la autoridad de control en www.aepd.es
Más información: Diríjase al encargado del local.

Cumplir con la LOPDGDD y RGPD en materia de videovigilancia no consiste solo en colgar un cartel. Si quieres saber más, consulta nuestro Curso de Videovigilancia aplicado a la LOPD.

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