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EL DERECHO AL OLVIDO SEGÚN EL PROYECTO DE LEY EN PROTECCION DE DATOS

No cabe duda que aquellas personas que navegan por las redes están controladas. No se trata de teorías conspiratorias, escándalos recientes demuestran que tanto Estados como entidades privadas ejercen un control masivo y absoluto de la información que los usuarios e internautas dejan en Internet. Si a este control le sumamos que la legislación es cada vez más ‘’controladora’’, no hay mucho que decir. Esta es la reforma que se está tratando de llevar a cabo en el Congreso y contra las que se han alzado el PDLI (Plataforma en Defensa de la Libertad de Información) y el FESP (Federación de Sindicatos de Periodistas).

Las Fake news como argumento

En España existen múltiples normas jurídicas que regulan, no siempre con acierto, cuestiones relativas a la libertad de expresión e información. Una norma que se trae a colación es la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de rectificación.

Los partidos políticos mayoritarios en nuestro país han utilizado de nuevo la conocida ‘’puerta de atrás’’ para regular en la Ley Orgánica de Protección de Datos de nuevo este derecho de rectificación, pero aplicado concretamente a la rectificación en Internet. El problema surge cuando la citada LO 2/84 ya regula la rectificación en su artículo 4.

En definitiva, para que se entienda sin problemas, lo que se pretende aprobar es la obligación de los medios de comunicación, redes sociales, motores de búsqueda (Google, Yahoo, Bing, etc.) con presencia en Internet a la rectificación de los datos que publican en determinados casos. Ejemplo: un periódico publica una noticia sobre un político presuntamente corrupto. Existen documentos y hechos que lo demuestran, pero todavía no existe Sentencia condenatoria. En un plazo de 7 días ese político puede exigir que la noticia sea eliminada. Además, el medio estará obligado a informar de manera clara y ‘’con letras grandes’’ de que esa noticia no representa la situación real de la persona.

El Derecho al olvido

Tal y como define la Agencia Española de Protección de Datos (AGPD), el derecho al olvido en Internet es ‘’la manifestación del derecho de supresión aplicado a los buscadores de Internet (…). Hace referencia al derecho a impedir la difusión de información personal a través de Internet cuando su publicación no cumple los requisitos de adecuación y pertinencia previstos en la normativa’’.

Las obligaciones que ya contempla el Reglamento Europeo de Protección de Datos y sobre todo, las nuevas, en versión española, supone para los medios una verdadera censura, como afirma Carlos Sánchez Almeida, director legal de PDLI.

Libertad de expresión o intimidad personal

El hecho de que se habilite a las personas  la posibilidad de eliminar información personal suya en Internet ,es una cuestión que no acepta debate alguno. Es un derecho que  tenemos, no cabe duda. Sin embargo, ya hemos hablado alguna vez sobre el derecho al olvido de los personajes públicos, en este blog.  El caso es que los personajes públicos, famosos del corazón, futbolistas, políticos, actores, etc., saben y deben aceptar que son el sustento de la gran mayoría de medios informativos. Es más, gracias a éstos muchas veces nace su fama.

En cualquier caso, a donde queremos llegar con esto es que la reforma que se pretende del derecho de rectificación en Internet con la consecuencia del ‘’derecho de amnesia’’ tiene cierto enfoque político a raíz de las noticias que se publican sobre personajes de la vida política que aparecen en noticias de corrupción, escuchas telefónicas, grabación de conversaciones, y otras cosas que luego son publicadas en la red. No importa quienes sean, que colores defiendan, la cuestión es que este derecho al olvido choca de frente con la libertad de expresión. Las consecuencias de ser persona pública implican asumir ser el centro de todas las miradas y la lupa mirará tu bolsillo cada instante. No se puede obligar a un medio a que informe sobre la inocencia de alguien cuando existen hechos relevantes que demuestran su culpabilidad, o incluso eliminar esa noticia porque un Tribunal no haya dictado Sentencia Firme. Los medios publicarán lo que deseen. Su trabajo es informar de lo que pasa aquí y ahora, el pasado está en los libros de historia.

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