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Protección de Datos sanciona a CaixaBank con tres millones de euros por sus perfiles de clientes

Te contamos los detalles de la sanción a CaixaBank por Protección de Datos

CaixaBank ha sido duramente castigada este año, pues la entidad financiera recibió dos multas por un valor conjunto de seis millones de euros. Ahora, vuelve a ser multada por realizar perfiles de clientes de manera irregular compartiendo datos entre empresas del mismo grupo.

Te contamos todos los detalles en esta noticia.

La infracción de CaixaBank vulnera la LOPD

La AEPD considera que la filial CaixaBank Payments & Consumer ha cometido una infracción muy grave. Esto se debe a los procesos que utiliza para recabar el consentimiento de sus clientes para elaborar perfiles comerciales que comparte con empresas del grupo. Se ha dado a la empresa un plazo de seis meses para adaptarse a la normativa europea vigente.

CaixaBank ha anunciado que va a recurrir la sanción como ya hizo con las impuestas a principios de año, pues ellos consideran que su actuación en materia de protección de datos personales es adecuada y conforme a las exigencias de la legislación española.

La AEPD considera que el consentimiento que pide a sus clientes CaixaBank para el tratamiento de sus datos no es específico para el uso que se le pretende dar, y porque se solicita para que todas las filiales del grupo puedan compartirlos. Ese consentimiento tampoco está debidamente informado, al no especificar por ejemplo que la entidad realizará consultas a registros de solvencia o la Central de Información de Riesgos del Banco de España para acabar ofreciéndole productos comerciales. Debido a esta acción realizada por CaixaBank se inició la investigación a raíz de la denuncia de un particular. Por ello, la AEPD considera que el permiso concedido por los clientes directamente no es válido y por tanto el tratamiento de los datos es ilícito.

La evolución del caso

En un primer momento la denuncia se archivó porque la empresa alegó que fue un debido a un error humano y puntual. No obstante, esta investigación se reactivó meses mas tarde debido a la información recabada en otro procedimiento contra el grupo. Por ello, la entidad se quejó de que podría tratarse un caso de duplicidad de multas por los mismos hechos, ya que en ambos casos se investigaba la misma conducta.

Además, CaixaBank llego a esgrimir que se había vulnerado el principio de presunción de inocencia, ya que, durante el procedimiento, la presidenta de la AEPD, hizo unas declaraciones en las que afirmaba que se iban a imponer multas cuantiosas a entidades del sector financiero.

Por último, comentar que la AEPD ha disparado la cuantía de las sanciones por vulneración de la normativa de protección de datos y acumula multas millonarias a empresas como Vodafone, BBVA y la eléctrica EDP.

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