Poner una cámara de vigilancia en un domicilio sale caro: la AEPD sanciona con 6.000 euros a una inmobiliaria.
La AEPD considera que instalar cámaras de videovigilancia en una zona común del domicilio que se encuentra alquilado, sin que el inquilino lo supera, vulnera la privacidad de los inquilinos. Por este motivo la AEPD ha sancionado a una inmobiliaria con una multa de 6000 euros.
La Agencia Española de Protección de Datos multa a la agencia inmobiliaria Romestone SL por haber instalado una cámara de videovigilancia sin que el inquilino lo supiera, sancionándola con una multa de 6000 euros.
Esta sanción se debe al incumplimiento del artículo 6.1 del RGPD por parte de la agencia inmobiliaria, ya que este articulo señala la ilicitud del tratamiento al haber una ausencia de cláusula que especificasen el uso de las cámaras.
Una de las afectadas envió el caso a la AEPD, indicando que en la casa donde vivía se había instalado una cámara de videovigilancia, que podría afectar a su intimidad.
La inmobiliaria señalaba que, al haber modalidad como el “coliving”, alojamientos compartidos con espacios comunes y, como es habitual en el caso de los hoteles, estaba permitido instalar cámaras de seguridad al realizar las mismas prestaciones.
Defendiendo por parte de la empresa que, al estar enfocado exclusivamente a la puerta de la entrada, y al no tener una visión de 360 grados, no afectaría a la intimidad de los inquilinos.
La AEPD se fundamenta en sentencias del Tribunal Supremo, donde se indica que el domicilio es un lugar cerrado, legítimamente ocupado, en el que transcurre la vida privada, individual o familiar.
Por este motivo, se consideró que el domicilio en su totalidad es un espacio reservado a la intimidad, a pesar de que cuente con zonas comunes.
La presencia de cámaras en el interior de un domicilio supone un tratamiento de datos desproporcionado a la finalidad del sistema, es decir, es desproporcionado debido al excesivo método control aplicado.
La agencia señala que existen medidas menos lesivas para la finalidad de la protección del mismo.
Por último, un ejemplo de medidas menos lesivas presentadas por la agencia, es la instalación de una puerta de seguridad o indicar una serie de cláusulas en el contrato que proteja frente a los hipotéticos malos comportamiento de los inquilinos.
Yo vivo en un piso compartido..y nunca sabía que dentro la casa había cameras .. hasta ayer y me han grabado desnudo..no había nadie en casa y salí en el salón sin ropa y luego me enseñó el vídeo y también grabaron a mi amiga.. encima me dice de salir del piso dentro 4 días.
Quiero saber lo que puedo hacer.
Hola Moustapha!
Como no ha existido ningún consentimiento sobre la grabación de las cámaras, así como aviso dentro de la casa de que se realiza tal grabación, es denunciable en la AGPD.
Puedes hacerlo metiéndote en la pagina de la misma como ciudadano y realizar una demanda denunciando el hecho.
En este enlace: https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/vistas/infoSede/tramitesCiudadanoVideo.jsf pulsando en OTROS podrás interponer la reclamación explicando tu caso.
Un saludo!