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EL CGPJ APRUEBA EL INFORME AL ANTEPROYECTO DE LEY DE PROTECCIÓN DE MENORES DE EDAD EN ENTORNOS DIGITALES

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado por unanimidad un informe relativo al Anteproyecto de Ley Orgánica para la protección de menores en entornos digitales.

Este documento, elaborado por la Comisión de Estudios e Informes, valora positivamente la intención del legislador de establecer una regulación específica para proteger a los menores en el entorno digital.

Dicha norma busca alinearse con los compromisos internacionales asumidos por España y cumplir con los principios constitucionales y legales, así como con la jurisprudencia existente.

El anteproyecto se caracteriza por ser integral y transversal, planteando medidas que abarcan desde la prevención y asistencia sanitaria hasta el refuerzo de controles que eviten el acceso de menores a contenidos inapropiados.

A continuación, se destacan las principales reformas y aspectos normativos propuestos:

Pena de alejamiento del entorno digital

El texto introduce en el Código Penal una nueva pena privativa de derechos: la prohibición de acceso a redes sociales, foros y plataformas de comunicación digitales para condenados por delitos relacionados con menores.

Aunque esta posibilidad ya había sido avalada por el Tribunal Supremo en 2022, su regulación normativa resulta fundamental para dar coherencia jurídica.

El informe del CGPJ sugiere que esta prohibición sea obligatoria, y no potestativa, cuando sustituya penas de prisión, de manera similar a lo establecido en delitos de violencia de género.

Además, considera que debería implementarse como medida cautelar para prevenir riesgos, y destaca la importancia de notificar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para vigilar su cumplimiento.

Asimismo, llama la atención sobre la ausencia de mecanismos claros para la reparación íntegra del daño en delitos cometidos en entornos digitales, donde la “huella digital” amplifica los efectos de las conductas delictivas.

Protección de datos personales

En materia de protección de datos, el anteproyecto eleva de 14 a 16 años la edad mínima para que un menor pueda consentir el tratamiento de sus datos personales.

Esta modificación alinea la normativa española con las disposiciones europeas, proporcionando mayor seguridad jurídica y evitando la proliferación de regímenes diferenciados según el tipo de tratamiento.

Sin embargo, el CGPJ advierte que esta elevación puede generar inconsistencias. Mientras que la capacidad para ejercer derechos como la intimidad y la propia imagen se mide por la madurez del menor, la protección de datos exigiría acreditar haber cumplido 16 años, creando una posible disonancia en el ejercicio de estos derechos fundamentales.

Verificación de edad y control de contenidos

El texto también modifica la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) para imponer la obligación de implementar sistemas de verificación de edad en plataformas que ofrezcan contenidos potencialmente perjudiciales, como pornografía o violencia gratuita. Estos sistemas deben operar “por defecto” y garantizar altos estándares de privacidad y seguridad.

El CGPJ señala que el principio de protección de la infancia y la juventud, aunque esencial, es demasiado genérico y sugiere que el prelegislador defina de forma clara y precisa las condiciones bajo las cuales la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) podrá adoptar medidas restrictivas, como la interrupción del servicio o la retirada de contenidos.

Nuevos tipos delictivos

El anteproyecto incluye la penalización de las ultrafalsificaciones (deepfakes), que se consideran delitos contra la integridad moral. Además, propone penas agravadas para quienes utilicen identidades falsas para cometer delitos contra menores, enfatizando la gravedad de estas conductas que buscan ganarse la confianza de los menores para facilitar la comisión de actos delictivos.

Conclusión

El informe del CGPJ respalda el anteproyecto, reconociendo su importancia para fortalecer la protección de los menores en entornos digitales. No obstante, subraya la necesidad de ajustar ciertos aspectos para garantizar mayor claridad normativa y una aplicación efectiva, especialmente en lo que respecta a la protección de datos, la reparación de daños y las medidas restrictivas de derechos fundamentales.

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