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Un canal anónimo para denunciar y evitar represalias

Establecer un canal de comunicación y denuncia en la empresa ya no es una opción: ahora se trata de una obligación para todas aquellas entidades privadas con 50 o más trabajadores, y en todo el sector público. Los conocidos casos de los empleados de banca que denunciaron irregularidades en las entidades para las que trabajaban, contribuyeron a destapar uno de los casos de corrupción más notables dentro del área financiera, como el que se recuerda en El Confidencial.

El precio que tuvieron que pagar fue ser víctimas de diversas represalias en respuesta a sus revelaciones. La misma suerte podía correr cualquier trabajador en medianas y pequeñas empresas. Por ello, lo que pretende la Directiva 2019/1937 (conocida como “directiva whistleblowing”), es detectar este tipo de irregularidades, aumentando la protección del empleado y obligando a las compañías que permitan las denuncias anónimas. Todo ello sin perjuicio de las reglas que contienen otras normativas como la ley de prevención del blanqueo de capitales o la del mercado de valores, áreas que ya contaban con el deber de establecer estas medidas.

La nueva legislación blinda la protección de los denunciantes, reflejándose en una asistencia efectiva, medidas de apoyo y asesoramiento integral. Además, prohíbe las represalias de toda índole: despido, coacciones, acoso, pérdidas económicas, etc. Sin duda, algo impensable hace no demasiado tiempo. El aspecto fundamental es permitir que las denuncias sean anónimas, generando para ello herramientas distintas al correo electrónico o al teléfono: los canales de comunicación o denuncia.

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